Estos días estuve informándome y leyendo acerca de la nueva reforma laboral y, como os habéis dado cuenta, es tremendo lo que esconde. Estoy de acuerdo con l@s que dicen que supone el mayor recorte de derechos laborales en la historia de la democracia desde la transición. Esta reforma nos retrotrae a épocas preconstitucionales. De hecho esta reforma linda lo anticonstitucional como se empieza a plantear. España ha dejado de ser lo que refleja el artículo 1 de la C.E. un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.
Esta reforma da manga ancha a la clase empresarial para hacer lo que quiera. Se articula en cuatro pilares: abaratamiento de costes laborales y de despido (puede darse una competencia de salarios a la baja hasta caer en el Salario Mínimo Interprofesional),mayor fuerza de presión coercitiva sobre los trabajadores-as, desvío de dinero público hacia el sector privado y limitación de la fuerza sindical. He aquí un muy buen resumen que encontré sobre lo que implica esta reforma, obra de Teo Navarro:
DESPIDO MÁS FÁCIL, RÁPIDO Y BARATO
-La mayoría de los despidos pasarán a ser objetivos (por causas económicas, organizativas, técnicas o de producción) con una indemnización de 20 días por año trabajado, ya que podrán aplicarse cuando la empresa tenga una caída de ingresos durante tres trimestres consecutivos.
- Desaparece la exigencia de autorización administrativa previa para los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE), por lo que nadie comprobará que la causa alegada por la empresa para el ERE sea cierta, favoreciendo que los despidos colectivos sean fáciles, rápidos y baratos (objetivos) al no encontrar ninguna traba.
-Los organismos y empresas del sector público también podrán acogerse a causas objetivas y EREs para despedir, como en las empresas privadas. Servirá para despidos masivos de trabajadores públicos (estado central, administración autonómica, ayuntamientos, empresas públicas…).
- La indemnización por despido improcedente se reduce para los contratos indefinidos de 45 a 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades (ahora son 42). Afectará también a los contratos anteriores de 45 días por año (que desaparecen) a partir de la reforma.
- Para facilitar el despido el absentismo laboral individual del trabajador, aunque esté justificado, deja de estar vinculado al establecido para el conjunto de la plantilla.
CONTRATOS MÁS PRECARIOS Y CON MÁS BONIFICACIONES A LOS EMPRESARIOS
- Se crea un nuevo contrato indefinido para las pymes con menos de 50 trabajadores, con un período de prueba de un año (por lo tanto con despido cero en ese tiempo) y con una deducción de 3.000 euros por el primer empleado. El empresario podrá cobrar durante un año el 50% de la prestación de desempleo del trabajador que recibiría el 25%.
- Los empresarios recibirán hasta 3.600 euros por la contratación indefinida de los menores de 30 años y de hasta 4.500 euros si son parados de parados de larga duración.
-Se modifica el contrato a tiempo parcial para hacerlo compatible con las horas extras, lo que favorecerá el fraude en la contratación y la consiguiente reducción de cotizaciones a la Seguridad Social (como pasará también con las dos medidas anteriores).
- Se mantiene hasta la edad de 30 años (se pueden tener 33 cuando finalice) los contratos de formación y aprendizaje mientras el paro no baje del 15 % (se prevé que tardará bastantes años). Además se podrán encadenar varios contratos de formación y aprendizaje, bonificados hasta con el l00% de las cuotas a la seguridad social y con un salario que podrá ser inferior al SMI (480 euros, a semejanza de los “minijobs” alemanes).
-A partir del 31 de diciembre no se podrán encadenar contratos temporales que superen los 24 meses (ni falta que hará con los nuevos contratos precarios bonificados y el despido fácil, rápido y barato que imponen).
SALARIOS RECORTADOS A CAPRICHO DEL EMPRESARIO
-El empresario podrá rebajar el salario (y otras “condiciones sustanciales” como horario, jornada…) a su capricho por razones de competitividad (económicas, técnicas, organizativas o de producción) con una simple notificación. El trabajador tendrá que aceptarlo o será despedido con una indemnización de 20 días anuales y un máximo de nueve mensualidades.
-Si la rebaja salarial afecta a más de 30 trabajadores o el 10% de la plantilla se abre un período de consultas, pero también podrán bajar los salarios alegando una caída de ventas o ingresos de solo dos trimestres consecutivos, la existencia de pérdidas o la simple previsión de que vaya a haberlas.
CONVENIOS SIN FUERZA NORMATIVA Y DESCUELGUE DE LAS EMPRESAS
-Los convenios de empresa tendrán prioridad sobre los provinciales o sectoriales. En las pymes, que son la mayoría de empresas (de ellas depende el 90% del empleo según la ministra de trabajo), los trabajadores quedarán completamente en manos del patrón.
-La prórroga máxima de los convenios colectivos vencidos será de dos años, lo que pone fin a la "ultraactividad”, es decir, al mantenimiento de los derechos adquiridos en convenios anteriores, que se verán anulados.
- Las empresas con dificultades podrán descolgarse de los convenios. Si no hay acuerdo con los representantes de los trabajadores, habrá arbitraje obligatorio.
PARADOS TRABAJANDO SIN SALARIO Y SERVICIOS PÚBLICOS DE EMPLEO PRIVATIZADOS
- Los empleados que cobren la prestación por paro realizarán servicios de interés general en beneficio de la comunidad, mediante convenios de colaboración con las administraciones públicas, es decir, se los utilizará para cubrir servicios públicos que corresponderían al Estado.
- Las ETTs (empresas de trabajo temporal) actuarán como agencias de colocación, lo que en la práctica supone la privatización del INEM por la vía de desviar su actividad hacia ellas.
MUTUAS PATRONALES DECISIVAS EN LAS BAJAS
-Las mutuas de trabajo, vinculadas a la patronal, controlarán y evaluarán la incapacidad temporal de los trabajadores.
FORMACIÓN
- Los trabajadores tendrán 20 horas de formación anuales pagadas por la empresa y vinculadas al puesto de trabajo. Supondrán millones de horas y se establece la posibilidad de que “los centros de formación acreditados ejecuten directamente los planes de formación”.
4 comentarios:
El problema de España no son las reformas sino el "carácter" nacional, marcado porque el empresario sólo piensa en ganar lo máximo posible a costa de pagar lo mínimo y con mínimos derechos y el trabajador sólo piensa en trabajar lo mínimo posible ganando el máximo y con los máximos derechos... Eso es lo nuestro, sacar lo que podamos...
Probablemente lo que acabo de decir sea una ley económica general (tipo la oferta y la demanda), pero en países más "civilizados" (Escandinavia, por ejemplo) yo creo que no es algo tan acusado...
Otro ejemplo es el que se ha recordado estas semanas: con una misma legislación laboral, en el País Vasco 14% de paro y en Andalucía un 30...
Se avecina un futuro negro...
Cierto, es lo que abunda en su mayor parte. Quizá haya que retrotraerse muuucho tiempo atrás, al llamado "Imperio Español" que se basó en saquear el oro del indio y no hacer nada.
Y recientemente a la estructura económica forjada tras la Guerra civil y el franquismo.
Es una buena teoría la del Imperio... y siglos de incultura, inquisición, caciquismo y demás...
No sé qué listo comentaba el otro día en una tertulia que el problema de España era similar al de una persona que no recibió la educación básica entre los 0 y los 12 años y a la que, en la edad adulta, se le tratan de inculcar valores básicos como honradez, disciplina, civismo... Vamos, imposible...
Jeje. Ni con un curso acelerado.
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