23/10/13

Sobre la decisión del TEDH.

Conforme a derecho, decisión acertada la tomada por el  TEDH. Según recoge el Art7 de la Carta Europea de Derechos Humanos "No podrá ser impuesta una pena más grave que la aplicable en el momento en que la infracción haya sido cometida". Aspecto que también reconoce la Constitución en su artículo 9.3 cuando habla de la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales.Además las «las penas privativas de libertad estarán orientadas hacia la reeducación y la reinserción» como señala también la Constitución.

Ya se ha dicho que la decisión del TEDH está más que consensuada con el gobierno español.Supone una concesión para avanzar en el proceso de paz, como ya se hizo en Irlanda.Así los gobiernos españoles se lavan las manos y echan la culpa a Europa pero está más que consensuada. Mucha gente puede pedir ahora la cadena perpetua o la pena de muerte pero no parece muy razonable.Sería como la ley de Talión del ojo por ojo y eso no es avanzar.Las penas máximas deben de ser moderadas y con carácter de reinserción.En esa línea van los Derechos Humanos.

 Esperemos que esta decisión sirva para que se acabe ETA de una vez.Desgraciadamente el daño a las víctimas y familiares será siempre irreparable.Al igual que los asesinados por el Franquismo.

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